Gobierno del Estado de Sinaloa
Secretaria de Educacion Publica y Cultura
Unidad Administrativa:
Subsecretaria de Educacion Basica
Clave:
Fecha:
AL 01 DE JUNIO DE 2017
ANEXOS
Anexo I.1
Anexo I.2
Anexo II.1
Anexo II.2
Anexo II.3
Anexo II.4
Anexo II.4.1
Anexo II.4.2
Anexo II.4.3
Anexo II.5
Anexo II.6
Anexo II.7
Anexo III.1
Anexo III.2
Anexo III.3
Anexo III.4
Anexo III.4.1
Anexo III.4.2
Anexo III.4.3
Anexo III.4.4
Anexo III.4.5
Anexo III.4.6
Anexo III.5
Anexo III.5.1
Anexo III.5.2
Anexo III.5.2.1
Anexo III.5.2.2
Anexo III.5.3
Anexo III.5.4
Anexo III.5.5
Anexo III.5.6
Anexo III.5.7
Anexo III.6
Anexo III.7
Anexo III.8
Anexo III.9
Anexo III.10
Anexo III.11
Anexo III.12
Anexo III.13
Anexo III.14
Anexo III.15
Anexo III.15.1
Anexo III.16
Anexo III.17
Anexo III.18
Anexo III.19
ANEXO III.2 - MARCO JURÍDICO DE ACTUACIÓN
Marco Jurídico de Actuación
BASES JURÍDICAS PARA LA EDUCACIÓN ESPECIAL 1. OBJETIVO DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL General: Garantizar una atención educativa de calidad para los niños, las niñas, y los jóvenes con necesidades educativas especiales, otorgando prioridad a los que presentan discapacidad, mediante el fortalecimiento del proceso de integración educativa y de los servicios de educación especial. Específicos: a. Fortalecer los acuerdos establecidos en el PROGRAMA NACIONAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL Y LA INTEGRACIÓN EDUCATIVA, para asegurar el logro educativo de los niños, las niñas y los jóvenes con necesidades educativas especiales, otorgando prioridad a los que presentan discapacidad, tomando en cuenta las necesidades de cada región y municipio de nuestro Estado. b. Proporcionar a los maestros de educación especial, de educación inicial y de educación básica los recursos de actualización y los apoyos necesarios para mejorar la atención de los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, dando prioridad a lo que presenta discacidad. c. Atender a un mayor número de alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas con alguna discapacidad en el Sistema Educativo Estatal. d. Ampliar la cobertura de los servicios de educación especial a un mayor número de escuelas de educación inicial y básica, garantizando su mejor distribución entre los municipios, priorizando las comunidades rurales, las indígenas así como las zonas urbano marginadas. e. Promover la participación comprometida de las madres y los padres de familia en la atención educativa de los niños, las niñas y los jóvenes con necesidades educativas especiales, con o sin discapacidad, mediante acciones de sensibilización y asesoría técnica. f. Establecer una coordinación interinstitucional en el sector educativo, así como con otros sectores que garantice y/o apoye la satisfacción de las necesidades educativas de los alumnos o alumnas con discapacidad que asisten a escuelas de educación regular o a servicios escolarizados de educación especial, así como apoyar educativamente en la integración al campo laboral de esta población. 2. CARACTERISTICAS DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL La Educación Especial forma parte del Sistema Educativo Estatal y por consiguiente del Sistema Educativo Nacioal. Resulta con ello, un modelo de EDUCACIÓN INTEGRADA, que se realiza bajo estrecha interrelación con las escuelas de educación inicial y de educación básica. Está destinada a individuos con discapacidades transitorias o definitivas, así como a aquellos con aptitudes sobresalientes. Procura atender a los educandos de manera adecuada a sus propias condiciones, con justicia social y pleno respeto a la dignidad humana. Tratándose de menores con necesidades educativas especiales con discapacidad, esta educación propicia su integración a los planteles de educación básica regular. Para quienes no logran esa integración, esta educación procura satisfacer sus necesidades básicas de aprendizaje para su autónoma convicencia social y productiva. La educación especial incluye también actividades de orientación a padres y madres de familia o tutores, así como de asesoría a los maestros y personal de las escuelas de educación inicial y básica que incorporen alumnos con necesidades educativas especiales. La Educación Especial cuenta con dos características en su funcionamiento: BRINDAR ATENCIÓN EDUCATIVA A NIÑOS Y NIÑAS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES CON O SIN DISCAPACIDAD a través de servicios de apoyo a la educación regular al interior de las escuelas. Y por otro lado, a través de servicios escolarizados especiales, es decir centros educativos específicos que atienden alumnos y alumnas para su integración sociolaboral. Otra características es la de OFRECER APOYO A TÉCNICO A DOCENTES Y MADRES Y PADRES DE FAMILIA DE EDUCACIÓN INICIAL, PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA. 3. BASES JURÍDICAS DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL La Educación Especial como un servicio educativo de la educación en general que imparte el Estado, tienen sus bases jurídicas en los siguientes documentos: - LEY GENERAL DE EDUCACIÓN. En sus Artículos 39 y 41 de su Capítulo IV DE LOS TIPOS Y MODALIDADES DE EDUCACIÓN. Promulgada el 12 de Julio de 1993 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de Julio de ese mismo año. Reformada el 12 de Junio de 2000 y publicada en ese mismo año: ARTICULO 39, En el sistema educativo nacional queda comprendida la educación inicial, la educación especial y la educación para adultos. ARTICULO 41. (Reformado, D.O. 12 de Junio de 2000): La educación especial está destinada a individuos con discapacidad transitorias o definitivas, así como aquellos con aptitudes sobresalientes. Atenderá a los educandos de manera adecuada a sus propias condiciones, con equidad social. Tratándose de menores de edad con discapacidades, esta educación propiciará la integración a los planteles de educación básica regular. Para quienes no logren esa integración, esta educación procurará satisfacer necesidades básica de aprendizaje para la autónoma convicencia social y productiva. La educación especial incluirá orientación a los padres o tutores, así como también a los maestros y personal de educación básica regular que incorporen a los alumnos con necesidades educativas especiales. - LEY DE INTEGRACIÓN SOCIAL DE PERSONAL CON DISCAPACIDAD DEL ESTADO DE SINALOA. En sus Artículos 31 al 41, del Capítulo XI, referente a: DE LA EDUCACIÓN. ARTÍCULO 31. De acuerdo con el resultado de la valoración emitida por la instancia educativa, la persona con discapacidad se integrará al sistema educativo en una escuela regular o, de ser necesario, en un servicio especializado. en ambos casos debe recibir los programas de apoyo y recursos que la presente ley señala. ARTÍCULO 32. La educación especial está destinada a individuos con discapacidades transitorias o definitivvas, sin que ello sea motivo de discriminación o exclusión de ningún tipo. Tratándose de menores con discapacidad, la educación especial estará dirigida a integrarlos a los planteles de educación básica regular, así como en el nivel inicial. Para quienes no logren esa integración, ésta procurará la satisfacción de necesidades básicas de qprendizaje para la autónoma convivencia social y productiva. La educación de tipo especial incluye orientación a los padres, tutores, docentes y personal de escuelas de educación básica regular, que integren a alumnos con necesidades educativas especiales. ARTÍCULO 33. La educación especial tenderá a la consecuencia de los siguientes objetivos: I. Superar las consecuencias y secuelas derivadas de la discapacidad; II. Desarrollar habilidades, aptitudes y ampliar conocimientos que le permitan a las personas con discapacidad una mayor autonomía; III. Fomentar y promover las potencialidades de las personas con discapacidad para el desarrollo armónico de su personalidad; IV. Desarrollar al máximo su capacidad de aprendizaje. V. Incorporar a las personas con discapacidad a la vida social y a un sistema de trabajo que le permita realizarse, servirse así misma y a la sociedad; y VI. Capacitar a padres, tutores,a sí como también a los maestros y personal de escuelas de educación básica regular, que integren alumnos con necesidades educativas especiales. ARTÍCULO 34. La educación especial contará con personal interdisciplinario técnicamente capacitado y calificado, que provea las diversas atenciones que cada persona con discapacidad requiera. Dentro del personal administrativo y docente se integraán personas con discapacidad siempre que tengan las aptitudes suficientes para desempeñar los cargos. ARTÍCULO 35. En la educación especial se considera la formación profesional de las personas con discapacidad de acuerdo a lo establecido en los diferentes niveles de enseñanza regular. Su discapacidad o edad, no será causa de rechazo ni exclusión de la institución educativa. ARTÍCULO 36. La Secretaría de Edcuación Pública y Cultura promoverá la inclusión de asignaturas en materia de discapacidad, en los contenidos curriculares de la formación básica, media y superior. ARTÍCULO 37. La Secretaría de Educación Pública y Cultura reconocerá el principio de igualdad de oportunidades de educación en los niveles inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior para los niños, jóvenes y adultos con discapacidad en entornos integrados. Uno de los documentos normativos recientes, producto de la participación activa de nuestro personal de Educación Especial en las reuniones nacionales de trabajo, convocadas por la Dirección General de Investigación Educativa de la Secretaría de Educación Pública a sido el: PROGRAMA NACIONAL DE FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL Y DE LA INTEGRACIÓN EDUCATIVA. Este documento comprende principalmente, los apartados correspondientes a la situación actual de los servicios de educación especial y del proceso de integración educativa. Las propuestas de los representantes de todos los Estados, para el fortalecimiento de la educación especial y de la integración educativa donde acordamos NUESTRA MISIÓN: La misión de los servicios de educación especial es la de favorecer el acceso y permanencia en el sistema educativo de niños, niñas y jóvenes que presenten necesidades educativas especiales, otorgando prioridad a aquellos con discapacidad, proporcionando los apoyos indispensables dentro de un marco de equidad, pertinencia y calidad, que les permita desarrollar sus capacidades al máximo e integrarse educativa, social y laboralmente. Además de expresar la orientación y funcionamiento de los servicios de educación especial, los objetivos, las líneas de acción y las metas al 2006. BASES FILOSÓFICAS: La educación es un derecho básico de todos los mexicanos. La educación básica por consiguiente resulta un instrumento para fomentar el progreso personal y social y para combatir la desigualdad social. De esta forma el acceder a la escuela de educación básica resulta una primera condición para asegurar la igualdad de oportunidades y el éxito educativo para toda la población. La igualdad de oportunidades para todos, nos expresa por otro lado el que independientemente de su origen étnico, sexo, filiación política o religiosa, ambiente familiar de procedencia así como de sus características individuales, los alumnos y alumnas deben de disponer de oportunidades iguales para acceder a las experiencias educativas que brinda la educación básica. Esta condición destaca el hecho de que el simple ingreso de un jiño con necesidades educativas especiales con discapacidad a una escuela de educación básica, no es garantía de justicia y equidad educativa, sino que es necesario disponer de los recursos pertinentes para resolver las necesidades de una población vulnerable que generalmente afronta mayores riesgos de fracaso escolar. Por esa razón la edcuación especial y la estrategia educativa de la Integración Edcuativa es parte del objetivo de la educación básica nacional: Garantizar el derecho a la educación expresado como la igualdad de oportunidades para el acceso, la permanencia y el logro de todos los niños y jóvenes del país en la educación básica. 4. TIPOS DE SERVICIO. I. CENTROS DE ATENCIÓN MÚLTIPLE Los Centros de Atención Múltiple, son INSTANCIAS DE ESCOLARIZACIÓN PARA POBLACIÓN CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES CON DISCAPACIDAD. Estas escuelas cuentan con servicios de Educación Inicial, Preescolar, Primaria, Secundaria y Capacitación Laboral. Todos ellos se basan en los planes y programas que manejan los niveles de Educación Básica, además de los de las instancias de capacitación para el trabajo. Actualmente contamos con 41 CENTROS DE ATENCIÓN MÚLTIPLE, donde laboral un total de 576 elementos, que atienden a 3055 ALUMNOS CON DISCAPACIDAD, que no han logrado integrarse a una escuela regular, pero que se trabaja para su integración laboral. Estos servicios de escolarización están ubicados en 14 municipios que son: Ahome, Guasave, Salvador Alvarado, Angostura, Mocorito, Sinaloa de Leyva, Culiacán, Navolato, Concordia, Cosalá, San Ignacio, Mazatlán, Rosario y Escuinapa. Faltando por cubrir cuatro municipios del total que conforman nuestros Estado. En los 41 Centros de Atención Múltiple, la población con discapacidad que sobresale en todo el Estado es la DISCAPACIDAD INTELECTUAL CON 1760 ALUMNOS ATENDIDOS, LE SIGUE LA HIPOACUSIA CON 228 ALUMNOS Y LOS TRASTORNOS NEUROMOTORES CON 198 ALUMNOS. Los municipios de Culiacán y Mazatlán son los que sobresalen en alumnos atendidos con discapacidad intelectual. Los Centros de Atención Múltiple atienden prioritariamente a la población con discapacidad, pero en algunas regiones por la carencia de Unidades de Apoyo Psicopedagógico, se atienden alumnos con necesidades educativas especiales sin discapacidad en turno alterno de las escuelas regulares aledañas. Bajo esta modalidad se atendió un total de 630 ALUMNOS SIN DISCAPACIDAD QUE SON ALUMNOS DE LAS ESCUELAS REGULARES. De la población total 2425 alumnos con discapacidad, 46 ALUMNOS, ES DECIR EL 1.89% SE INTEGRARON AL CAMPO LABORAL Y 245 ALUMNOS, ES DECIR EL 10.11% SE INTEGRARON A LA ESCUELA REGULAR. Lo cual expresa que un porcentaje significativo de alumnos permanece en los centros específicos, es decir 2134 ALUMNOS, EL 88%, CONTINUARON SIENDO ATENDIDOS. De esa población, 1519 ALUMNOS ES DECIR EL 62.64%, fueron promovidos de grado o promovidos a otros nivel en su capacidad laboral, sólo 615 ALUMNOS NO AVANZARON, ES DECIR EL 25.36% PERMANECIERON EN UN MISMO GRADO ESCOLAR O NO FUERON PROMOVIDOS A OTRO NIVEL DE SU CAPACITACIÓN LABORAL. Del total de alumnos atendidos, el grupo de alumnos que reciben atención bajo el programa de EDUCACIÓN INICIAL es de 522 ALUMNOS, de EDUCACIÓN PREESCOLAR es de 375 ALUMNOS, de EDUCACIÓN PRIMARIA es de 1594, de EDUCACIÓN SECUNDARIA con 15 ALUMNOS Y CAPACITACIÓN LABORAL con un total de 549 JÓVENES. Observándose una mayor cantidad de alumnos en el nivel de Educación Primaria de los cuales 774 PRESENTAN DISCAPACIDAD INTELECTUAL ES DECIR EL 48.55%. II. UNIDADES DE APOYO PSICOPEDAGÓGICO: Las Unidades de Apoyo Psicopedagógico (UAP), que en otros Estados reciben el nombre de Unidades de SErvicios de Apoyo a la Educación Regular (USAER), son INSTANCIAS QUE OFRECEN APOYOS PSICOPEDAGÓGICOS A LA POBLACIÓN CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES CON O SIN DISCAPACIDAD, AL INTERIOR DE LAS ESCUELAS REGULARES. Estos servicios educativos brindan el apoyo a todos los niveles que conforman la Educación Básica, pues contamos con Unidades que atienden instituciones de Educación Inicial, Preescolar, rimaria y Secundaria, incluso tenemos el proyecto de una Unidad de Apoyo Psicopedagógico que brinda seguimiento y orientación a egresados integrados al nivel medio superior. Actualmente contamos con 105 UNIDADES DE APOYO PSICOPEDAGÓGICO, donde laboran un total de 879 elemento, los cuales atienden a 14 562 ALUMNOS DE LAS ESCUELAS REGULARES QUE PRESENTAN NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES CON O SIN DISCAPACIDAD. Este tipo de servicios se encuentran distribuidos en todo el Estado y en diversos niveles educativos en los 18 municipios que conforman nuestra Entidad. Sin embargo esta cantidad de Unidades, brindan apoyo tan sólo al 10% del total de las escuelas de Educación Básica en todo el Estado. De los alumnos atendidos, un toal de 1749 ALUMNOS PRESENTAN DISCAPACIDAD, es decir el 12.01%, el restante 12 813 ALUMNOS, o sea el 87.99% no presentan discapacidad. Ambos grupos de alumnos atendidos presentan necesidades educativas especiales, lo cual expresa la necesidad que se busque la integración de más población con discapacidad a la escuela regular, ello en base a los datos más recientes de INEGI, los cuales indican que Sinaloa cuenta con una población de 48 370 personas con discapacidad que exigen atención educativa. Además, en base a los datos del PROGRAMA NACIONAL DE FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL Y LA INTEGRACIÓN EDUCATIVA, a pesar del incremento en estos últimos años de estos servicios de apoyo, resultan aún insuficientes para atender a la población con necesidades educativas especiales, particularmente a quienes tienen alguna discapacidad, resaltando el escaso margen de atención en las comunidades rurales y no tener cobertura aún en la modalidad indígena.